CalculaFiscal

Calculadora de vivienda · 2026

ITP en Cataluña

Calcula el ITP de una vivienda de segunda mano en Cataluña con su tipo vigente de 2026.

Esta calculadora muestra solo el tipo GENERAL. Existen tipos reducidos en casi todas las comunidades por edad, familia numerosa, discapacidad, vivienda de protección oficial o zona rural, que no están cubiertos aquí. Consulta la normativa autonómica concreta para saber si tienes derecho a alguno.
ITP a pagar (tipo general)20.000,00 €
Tipo efectivo10.00 %

Tu comunidad aplica una escala progresiva por tramos (como el IRPF); el tipo marginal de tu último tramo es del 10%, pero el tipo efectivo real sobre el total es menor.

Cálculo orientativo según el tipo general vigente en 2026 en tu comunidad. No incluye tipos reducidos por perfil del comprador. No sustituye el cálculo oficial ni asesoramiento fiscal profesional.

ITP en Cataluña 2026

Cataluña aplica la escala más alta de España: 10% hasta 600.000 €, 11% hasta 900.000 €, 12% hasta 1.500.000 € y 13% por encima (Decreto-ley 5/2025, vigente desde el 27 de junio de 2025). Para una vivienda media, el 10% de entrada ya es el tipo más elevado del país.

Ejemplo · vivienda de segunda mano de 200.000 €

ITP (escala del 10% al 13%)20.000 €
Total con notaría, registro y gestoría≈ 21.700 €

Calculado con el tipo general vigente en 2026 para vivienda usada comprada por un particular. No incluye los tipos reducidos por edad, familia numerosa, VPO, discapacidad o zona rural que algunas comunidades aplican a la vivienda habitual. El total añade una estimación de 1.700 € de notaría, registro y gestoría. Ver el desglose completo de los gastos de compraventa.

¿Qué es el ITP y cómo se calcula?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es el tributo que se paga al comprar una vivienda de segunda mano a un particular. Es distinto del IVA, que solo se aplica a la compra de vivienda nueva directamente al promotor: nunca se pagan los dos impuestos a la vez sobre la misma operación.

A diferencia del IVA, que es un impuesto estatal con un tipo único en toda España, el ITP está cedido a las comunidades autónomas, que fijan libremente su tipo general y sus propias bonificaciones. Por eso, una vivienda del mismo precio puede tener un coste fiscal muy distinto según en qué comunidad se compre.

El ITP se calcula sobre el mayor de dos valores: el precio que figura en la escritura de compraventa, o el valor de referencia que publica anualmente la Dirección General del Catastro para ese inmueble en concreto. Esto significa que, aunque negocies un precio bajo, si el valor de referencia de Catastro es superior, pagarás el impuesto sobre esa cifra más alta.

Tipo general por comunidad, 2026

Tipo general sin bonificaciones. Las comunidades con escala aplican el cálculo de forma acumulativa, como los tramos del IRPF.

ComunidadTipo general
Madrid6% fijo
Canarias6,5% fijo
Andalucía7% fijo
La Rioja7% fijo
Murcia7,75% fijo
Galicia8% fijo
Castilla-La Mancha9% fijo
Comunidad Valenciana9%-11% (escala, corte 1M€)
Castilla y León8%-10% (escala, corte 250k€)
Cantabria9%-10% (escala, corte 300k€)
Asturias8%-10% (escala, cortes 300k/500k€)
Extremadura8%-11% (escala, cortes 360k/600k€)
Aragón8%-10% (escala, 5 tramos hasta 750k€)
Cataluña10%-13% (escala, cortes 600k/900k/1,5M€)
Baleares8%-13% (escala, 5 tramos hasta 2M€)

Calcula el ITP en tu comunidad

ITP en locales, oficinas, hoteles y otros inmuebles no residenciales

Esta calculadora aplica el tipo general de ITP de cada comunidad, que es el que corresponde a la vivienda de segunda mano. Si lo que compras es un local comercial, una oficina, un hotel o un terreno, el impuesto funciona distinto, y hay tres reglas que conviene tener claras:

  • Los tipos reducidos de vivienda no existen aquí. Las bonificaciones y tipos reducidos que muchas comunidades aplican a la vivienda (por edad, familia numerosa, VPO o discapacidad) no se extienden a los inmuebles no residenciales, que tributan al tipo general.
  • Si es obra nueva, el IVA es el 21% general. La primera entrega de un inmueble comercial tributa al tipo general del IVA, no al 10% reducido que se aplica a la obra nueva residencial. Se suma el AJD correspondiente a la escritura.
  • En la reventa entre empresas, puede tocar IVA en vez de ITP. La segunda transmisión de un inmueble está exenta de IVA (art. 20.Uno.22 de la Ley 37/1992), pero cuando vendedor y comprador son empresarios o profesionales pueden renunciar a esa exención: la operación pasa a tributar por IVA al 21% con inversión del sujeto pasivo, más AJD, en lugar de ITP. La diferencia importa, porque el IVA soportado suele ser deducible para la empresa y el ITP no.

En una compraventa de hotel o de local, la elección entre ITP e IVA debe decidirse antes de firmar, porque la renuncia a la exención tiene que quedar reflejada en la escritura.

¿Y el País Vasco y Navarra?

Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra no se rigen por el ITP estatal cedido, sino por su propio régimen foral: cada territorio histórico tiene su normativa y sus tipos, gestionados por su diputación foral o, en el caso navarro, por la Hacienda Foral. Por eso esta calculadora no cubre operaciones en esas cuatro provincias, pero tienen una herramienta propia en este sitio: ITP en el País Vasco y Navarra.

Marco legal

El ITP se regula en el Real Decreto Legislativo 1/1993, que aprueba el texto refundido del impuesto, y en la Ley 22/2009 de cesión de tributos a las comunidades autónomas. Cada comunidad desarrolla su propia normativa de tipos y bonificaciones mediante ley autonómica. El plazo para presentar y pagar el ITP es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura.

Preguntas frecuentes

¿Existen tipos reducidos que no aparecen en esta calculadora?+

Sí, y son muy habituales: por edad (jóvenes menores de 35-40 años, según la comunidad), familia numerosa, discapacidad reconocida, vivienda de protección oficial, o ubicación en zonas rurales con riesgo de despoblación. Cada comunidad fija sus propios requisitos y porcentajes. Esta calculadora muestra el tipo general; consulta la normativa autonómica concreta para saber si tienes derecho a alguna reducción.

¿Qué es el valor de referencia de Catastro y por qué afecta a mi ITP?+

Es un valor que publica la Dirección General del Catastro cada año para cada inmueble, basado en datos de mercado de la zona. Desde 2022, si este valor es superior al precio que pagaste, debes tributar sobre el valor de referencia, no sobre el precio real de compra. Puedes consultarlo en la Sede Electrónica del Catastro.

¿Pago ITP si compro una vivienda nueva?+

No. La vivienda nueva (primera transmisión, directamente del promotor) tributa por IVA (10% general) más el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, no por ITP. El ITP es exclusivo de la segunda mano (y otras transmisiones entre particulares).

¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?+

Lo paga siempre el comprador, al ser quien adquiere el bien.

¿Qué pasa si no presento el ITP en plazo?+

Tienes 30 días hábiles desde la firma de la escritura. Pasado ese plazo sin presentar y pagar, se generan recargos por demora, que aumentan según el tiempo transcurrido, además de los intereses correspondientes.