Calculadora laboral · Ejercicio 2026
Indemnización por despido
Calcula la indemnización legal según el tipo de despido, tu salario y tu antigüedad en la empresa.
Desglose del cálculo
Cálculo orientativo según el artículo 56 (despido improcedente) y artículo 53 (despido objetivo) del Estatuto de los Trabajadores. No incluye el tramo especial para antigüedad anterior al 12 de febrero de 2012. Consulta con un profesional antes de tomar decisiones basadas en este resultado.
¿Cuándo corresponde indemnización por despido?
No todos los despidos generan derecho a indemnización. Un despido disciplinario que se declare procedente no genera ninguna obligación de pago adicional. La indemnización solo aparece en determinados supuestos: despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, despido improcedente, o fin de determinados contratos temporales.
La cuantía depende de tres factores: el tipo de despido, tu salario regulador (incluyendo pagas extra) y tu antigüedad en la empresa, contada en meses completos desde la fecha real de inicio de la relación laboral.
Comparativa por tipo de despido
| Tipo | Días/año | Tope |
|---|---|---|
| Improcedente | 33 días | 24 mensualidades |
| Objetivo (causas ETOP) | 20 días | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 días | — |
| Disciplinario procedente | 0 días | — |
Cifras aplicables a antigüedad generada después del 12 de febrero de 2012. No incluye el tramo especial de 45 días/año para antigüedad anterior a esa fecha.
Marco legal
El despido improcedente se regula en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores. El despido por causas objetivas, en el artículo 53. La exención de IRPF hasta el límite legal está recogida en el artículo 7.e) de la Ley del IRPF.
Existe un debate político activo desde 2025 sobre una posible reforma de estas cuantías, impulsado por recomendaciones del Consejo de Europa. A fecha de esta calculadora, la normativa vigente sigue siendo la descrita en esta página.
Preguntas frecuentes
¿Quién decide si mi despido es procedente, improcedente o nulo?+
La empresa califica el despido en la carta de despido, pero esa calificación no es definitiva. Si no estás de acuerdo, puedes impugnarlo dentro del plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos, y será un juez quien determine la calificación final tras el proceso judicial, si no hay acuerdo previo en conciliación.
¿La indemnización por despido tributa en el IRPF?+
Está exenta hasta el importe que la ley establece como obligatorio para cada tipo de despido (20 días/año en objetivo, 33 días/año en improcedente). Si la empresa paga una cantidad superior a la legal por encima de la exención, ese exceso sí tributa.
¿Hay alguna reforma en marcha que vaya a cambiar estas cifras?+
Existe un debate político abierto desde 2025, con recomendaciones del Consejo de Europa para que España revise al alza la indemnización por despido improcedente. A día de hoy, sin embargo, sigue plenamente vigente el sistema del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores: 33 días por año con tope de 24 mensualidades. Esta calculadora se actualizará si la normativa cambia.
¿Qué pasa si llevo trabajando en la empresa desde antes de 2012?+
Si toda tu antigüedad es posterior al 12 de febrero de 2012, esta calculadora te da el resultado correcto. Si tienes antigüedad anterior a esa fecha, tu indemnización se calcula con un sistema mixto (45 días/año para el tramo antiguo, 33 días/año para el resto), que esta calculadora todavía no cubre.
¿El finiquito se suma a la indemnización?+
Sí, son conceptos distintos que se pagan juntos pero se calculan por separado. El finiquito liquida cantidades ya devengadas (días trabajados, vacaciones, pagas extra); la indemnización es una compensación adicional que solo corresponde en determinados tipos de despido. Esta calculadora solo calcula la indemnización; usa la calculadora de finiquito para el resto.
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