Calculadora fiscal · 2026
Calculadora de IGIC e IPSI
Añade o desglosa el impuesto indirecto de Canarias, Ceuta y Melilla usando los tipos habituales vigentes.
Desglose
Herramienta orientativa para operaciones habituales. En IPSI existen tarifas específicas por ciudad, operación y producto; para importaciones o casos especiales conviene comprobar la ordenanza aplicable.
¿Qué son el IGIC y el IPSI?
El IGIC y el IPSI son impuestos indirectos que sustituyen al IVA en territorios con régimen fiscal especial. Canarias aplica el IGIC; Ceuta y Melilla aplican el IPSI.
En una factura funcionan de forma parecida al IVA: se calcula una cuota sobre la base imponible y se suma al precio final. La diferencia práctica está en los porcentajes y en la normativa de cada territorio.
Esta calculadora cubre los tipos habituales para presupuestos, facturas sencillas y comparación de precios. No pretende sustituir la comprobación de una importación concreta ni de operaciones con clasificación especial.
Tipos incluidos en la calculadora
| Territorio | Tipos habituales | Fuente |
|---|---|---|
| Canarias · IGIC | 0%, 3%, 5%, 7%, 9,5%, 15% y 20% | Agencia Tributaria Canaria y Ley 20/1991 |
| Ceuta · IPSI | 4% general en servicios y tipos reducidos para supuestos concretos | Ordenanza fiscal reguladora del IPSI de Ceuta |
| Melilla · IPSI | 0,5%, 1%, 2%, 4%, 8% y 10% en operaciones habituales | Página oficial de tipos impositivos de la Ciudad Autónoma de Melilla |
Marco legal
El IGIC se regula principalmente en la Ley 20/1991, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y en sus modificaciones posteriores. La Agencia Tributaria Canaria publica la información práctica y los modelos de autoliquidación.
El IPSI deriva de la Ley 8/1991, de 25 de marzo, por la que se aprueba el Arbitrio sobre la Producción y la Importación en Ceuta y Melilla, y de las ordenanzas fiscales de cada ciudad autónoma.
La Agencia Tributaria estatal recuerda que en Ceuta y Melilla no se aplica IVA; en su lugar se aplica el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI).
Preguntas frecuentes
¿Canarias aplica IVA o IGIC?+
Canarias no aplica IVA en las operaciones interiores. Aplica el IGIC, un impuesto indirecto propio del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. El tipo general del IGIC es el 7%, aunque existen tipos reducidos, incrementados y especiales según el bien o servicio.
¿Ceuta y Melilla aplican el mismo IPSI?+
No exactamente. Las dos ciudades aplican IPSI en lugar de IVA, pero cada una aprueba sus tipos y ordenanzas. Por eso esta calculadora separa Ceuta y Melilla y muestra tipos habituales por territorio.
¿Puedo usar esta calculadora para importaciones?+
Solo como orientación básica. Las importaciones pueden depender de tarifas, anexos, clasificación del producto y otros conceptos complementarios. Para una importación real conviene comprobar la normativa específica o la sede tributaria correspondiente.
¿Por qué aparece un tipo del 0,5% en IPSI?+
Tanto Ceuta como Melilla tienen tipos reducidos del IPSI para determinadas operaciones. En Melilla, por ejemplo, la página oficial recoge el 0,5% para servicios como publicidad, marketing o servicios prestados por vía electrónica. En Ceuta también existen tipos reducidos para supuestos concretos.
¿La fórmula es igual que la del IVA?+
Sí, para añadir o desglosar el impuesto la mecánica matemática es la misma: desde una base se multiplica por el porcentaje; desde un precio final se divide entre 1 más el tipo en decimal. Lo que cambia es el impuesto aplicable y el porcentaje.
También te puede interesar